La política arancelaria es uno de los pilares de toda política comercial. En el caso de Argentina, está plasmada principalmente a través del Arancel Externo Común (AEC) del MERCOSUR. Como se explicó acá, los cuatro miembros del bloque (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) tienen, en teoría, el mismo arancel a la importación para los más de 10.300 códigos arancelarios (“productos”) del nomenclador. En la práctica, la situación, como ya sabemos, es distinta.
En esta nota nos centraremos en dos mecanismos que tiene Argentina para realizar excepciones a ese AEC. Es decir, dos formas que tiene el país para aplicar en la práctica, de manera “transitoria”, un arancel distinto al que debería según lo que indica el AEC.
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